Términos y Condiciones Generales de Venta y Garantía



1. DEFINICIONES:
1.1 "Contratante" se refiere a la entidad a la que el Contratista suministra los Productos y/o los Servicios en virtud del Contrato.
1.2 "Contrato" se refiere al presupuesto/oferta, albarán, y/o parte de trabajo firmado por el Contratante y aceptado por el Contratista por escrito o al acuerdo contractual firmado por ambas partes, para la venta de Productos y/o prestación de Servicios, junto con estos Términos y Condiciones.
1.3 “Precio del Contrato” se refiere al precio indicado en el Contrato para la venta de los Productos y/o Servicios, incluidos los ajustes (en su caso) de acuerdo con el Contrato.
1.4 “Procedimiento Concursal” cuando una parte deviene en una situación de insolvencia en la que no puede hacer frente a la totalidad de los pagos que adeuda.
1.5 “Puesto de Trabajo” se refiere al lugar o lugares donde se va a realizar la prestación de los Servicios indicados en el Contrato.
1.6 “Productos” se refiere a los equipos, piezas, materiales, suministros, software y otras mercancías que el Contratista haya acordado suministrar al Contratante en virtud del Contrato.
1.7 “Servicios” se refiere a los servicios o trabajos que el Contratista ha acordado prestar al Contratante en virtud del Contrato.
1.8 "Contratista" se refiere a ECHEVERRY PEREZ LTDA. con domicilio en Cra. 2 # 4-45 Interior B Popayán, Cauca, Colombia. O la entidad que suministra Productos y/o Servicios en virtud del Contrato.
1.9 “Términos y Condiciones” se refiere a estos "Términos y Condiciones de Venta y Garantía", así como cualquiera de los anexos que pudieran incorporarse al Contrato, junto con todas las modificaciones o disposiciones adicionales indicadas en la oferta final del Contratista o acordadas por escrito por el Contratista.

2. ACEPTACIÓN:
2.1 La aceptación de la oferta y/o presupuesto por el Contratante, la firma del acuerdo contractual por las partes, la venta de cualquier Producto y/o Servicio, suponen la aceptación expresa de estos Términos y Condiciones por parte del Contratante.
2.2 Toda aceptación de la oferta del Contratista se limita expresamente a la aceptación de estos Términos y Condiciones, y el Contratista rechaza expresamente todo término adicional o diferente propuesto por el Contratante.
2.3 Salvo indicación en contrario, la oferta y/o el presupuesto del Contratista vencerá a los 30 días a partir de su fecha y podrá ser modificada o anulada por el Contratista antes de recibir la aceptación del Contratante. La obra civil, acometidas eléctricas y acondicionamiento del espacio físico, en ningún caso se entenderán incluidos en la oferta del Contratista, a no ser que se indique expresamente y por escrito lo contrario.
2.4 La oferta y/o cotización se realizarán con los datos facilitados por el Contratante. La variación de dichos datos supondrá necesariamente la modificación de la oferta y/o cotización inicial.

3. CANCELACIÓN:
3.1 El Contratista no admitirá cancelaciones anticipadas de Contratos aceptados por el Contratante, a menos que el Contratista consienta
expresamente por escrito.
3.2 En caso de que fuera autorizada la anulación del Contrato, el Contratante habrá de compensar al Contratista por los gastos que se le hubieran ocasionado en relación con el Contrato, más una cantidad adicional del 30% de dichos gastos.

4. PRECIOS Y PAGO:
4.1 Por cada mes natural que el Contratante se demore en el pago, éste pagará al Contratista la tasa máxima legal de intereses permitida sobre los saldos en mora.
4.2 Los precios se ajustarán cada ano de acuerdo con las tarifas y reglamentaciones expedidas por el Gobierno Nacional Colombiano.
4.3 El Contratista expedirá las facturas correspondientes en los tiempos estipulados en el contrato. Sin embargo, el no recibo de la factura no exime a el Contratante al pago de los productos y servicios prestados.
4.4 Si en algún momento, el Contratista determina razonablemente que el estado financiero o la trayectoria de pagos del Contratante no justifican la continuación del cumplimiento de las obligaciones por parte del Contratista, el Contratista tendrá derecho a exigir por adelantado un pago íntegro o parcial o de reestructurar de otro modo los pagos, solicitar formas adicionales de Garantías de Pago, suspender el cumplimiento de sus obligaciones o finalizar el Contrato, sin penalización alguna para el Contratista.
4.5 Cuando por causas no atribuibles al Contratista no fuera posible concluir los trabajos y/o entregas contratadas, éste pondrá a disposición del Contratante los Productos y/o Servicios objeto del Contrato, que deberán ser abonados en su
totalidad.

5. IMPUESTOS Y TASAS:
El Contratante será responsable de pagar todos los impuestos, gravámenes, tasas u otros cargos de cualquier naturaleza en relación con el Contrato, a excepción de los que el Contratista asuma de forma expresa y por escrito en el Contrato.

6. ENTREGAS:
6.1 El Contratista entregará los Productos y/o Servicios al Contratante en condiciones pactadas en el Contrato. La firma del acta de instalación o acta de entrega por el Contratante o por el receptor equivale a la recepción de los Productos y/o servicio a total satisfacción de las condiciones pactadas. Sin firma del acta de instalación o acta de entrega, los Productos y servicios serán consideradas como aceptados desde el momento en que hayan empezado las operaciones de montaje correspondientes. La entrega de los productos o l a prestación de los Servicios se entenderá aceptada por el Contratante, en el caso de que transcurrieran siete (7) días desde su terminación, sin que el Contratante hubiera manifestado su disconformidad.
6.2 Si los Productos y/o Servicios entregados no se corresponden en cantidad, tipo o precio con los indicados en la propuesta inicial, el Contratante tendrá un plazo de siete (7) días a partir de la recepción para comunicarlo al Contratista. No se admitirán devoluciones de Productos que no cuenten con el consentimiento del Contratista.
6.3 Los plazos de entrega e instalación serán meramente orientativos y en ningún caso serán vinculantes para el Contratista. La responsabilidad del Contratista por retraso en la entrega quedará limitada exclusivamente a lo establecido en los presentes Términos y Condiciones. El no cumplimiento por parte del Contratista del plazo de entrega no autoriza al Contratante a anular el Contrato, renunciando expresamente el Contratante al ejercicio de cuantas acciones le pudieran corresponder por retrasos en la entrega de los Productos cuando sean debidos a circunstancias de fuerza mayor en virtud de la cláusula 9, o a circunstancias que estén fuera de control razonable del Contratista.

7. RIESGO DE PÉRDIDA Y PROPIEDAD:
7.1 La propiedad de todos los elementos utilizados para la prestación del servicio de seguridad física son propiedad del Contratista.
7.2 La propiedad de los productos utilizados para la prestación de servicio de seguridad electrónica es propiedad del Contratante desde la entrega de los mismo de acuerdo con la cláusula 6.1, salvo condiciones expresamente pactadas por escrito en el contrato u otro documento equivalente.
7.3 La propiedad y el riesgo de pérdida de los Productos pasarán al Contratante a la entrega de los mismos de acuerdo con la cláusula 6.1. No obstante lo anterior, En el evento que el costo de los productos y su instalación sea amortizada dentro de la duración del contrato y el contrato se termine de forma anticipada, el Contratante pagara a el Contratista, proporcionalmente el valor de los productos y la instalación por el tiempo que faltara de la ejecución del contrato más un recargo del 30% de su valor residual. Si esto no ocurriera, el Contratante deberá restituir los equipos y demás elementos en perfecto estado de funcionamiento dentro de las Cuarenta y Ocho (48) horas siguientes a la terminación del contrato.
7.4 El Contratista no asumirá responsabilidad alguna por la pérdida o deterioro de los Productos por fenómenos meteorológicos.

8. GARANTÍA:
8.1 El Contratista garantiza que los Productos cumplen las especificaciones mutuamente acordadas y que se entregarán libres de defectos respecto a los materiales y la mano de obra, y que los Servicios se prestarán de forma competente y diligente de acuerdo con las especificaciones mutuamente acordadas.
8.2 La garantía para instalaciones se extinguirá al cabo de un (1) año desde la fecha de su entrega.
8.3 La garantía para productos se limitará a la garantía por defecto de fabrica expedida por el fabricante.
8.4 Si los Productos no satisfacen las garantías anteriores, el Contratista, a su elección, reparará o sustituirá los Productos defectuosos, siempre y cuando el Contratante notifique dicha disconformidad por escrito al Contratista, antes de la finalización del periodo de garantía, y dentro del plazo de quince (15) días siguientes al descubrimiento de la anomalía o defecto. La reparación, sustitución o nueva prestación en garantía por parte del Contratista no ampliarán ni renovarán el periodo de garantía correspondiente.
8.5 El Contratante obtendrá la aprobación del Contratista sobre las especificaciones de cualquier prueba que prevea realizar para determinar si existe una disconformidad. El Contratista podrá comprobar en todo caso y previamente, los defectos causados por los medios que considere oportunos, sin que el Contratante pueda entorpecer la actuación de las personas designadas por el Contratista para verificar tal disconformidad.
8.6 La Garantía no cubrirá (a) aquellos defectos y/o fallos de funcionamiento provocados por variaciones de voltaje, corto circuito, rayos, deficiencias en la instalación eléctrica o línea telefónica del domicilio del usuario, conexiones indebidas, exposición a condiciones ambientales no apropiadas, robo, corrosión, incendio, inundación, sismos, tormentas eléctricas, desgastes naturales, mala manipulación o factores externos.

9. FUERZA MAYOR:
9.1 El Contratista no responderá ni se considerará que infringe sus obligaciones en virtud del Contrato cuando el cumplimiento del Contratista se demore o se vea obstaculizado, directa o indirectamente, por una causa que escape a su control razonable. De modo enunciativo, pero no limitativo; por causas meteorológicas, por causas imputables al conflicto armado, por actos o amenazas de terrorismo, epidemias, pandemias, huelgas u otros conflictos laborales o actos u omisiones de una autoridad estatal o del Contratante o de los contratistas o proveedores del
Contratante.
9.2 Si se produce un evento de fuerza mayor, el calendario de cumplimiento del Contratista se ampliará por la cantidad de tiempo perdido por motivo del evento más aquel tiempo adicional que pueda ser necesario para superar el efecto del evento.
9.3 Adicional a las estipuladas en la clausula 9.1, se definen como fuerza mayor todo evento en el que se genere fallas de transmisión o comunicación que se deriven de la interrupción de servicios público como telefonía, electricidad e internet, las
cuales se encuentran fuera del control del Contratista.

10. TERMINACIÓN Y SUSPENSIÓN:
10.1 El Contratista puede suspender o finalizar el Contrato (o cualquier parte afectada del mismo) inmediatamente por causa justa si el Contratante (i) se encontrara en procedimiento concursal, o (ii) viola de forma sustancial sus obligaciones del Contrato, lo que incluye, a modo enunciativo y no limitativo, la incapacidad o la demora del Contratante para entregar la Garantía de Pago y realizar algún pago cuando venza, o de cumplir alguna condición de pago (iii) si se mantiene por un plazo superior a 30 (treinta) días un incumplimiento por parte del Contratante de lo establecido en la cláusula 12 y/o 14.
10.2 Si el Contrato (o alguna parte de este) se termina por los motivos especificados en la cláusula 10.1, o por cualquier otra causa diferente a un incumplimiento por parte del Contratista, el Contratante pagará al Contratista por todos los Productos completados y/o en curso de adquisición, antes de la fecha efectiva de finalización, así como los gastos soportados por el Contratista en conexión con la terminación.
10.3 El Contratante pagará todos los gastos razonables incurridos por el Contratista en conexión con una suspensión. El calendario para las obligaciones del Contratista se ampliará por un periodo de tiempo razonablemente necesario para superar los efectos de cualquier suspensión.

11. INDEMNIZACIÓN:
Tanto el Contratante como el Contratista (como “Parte Indemnizadora") indemnizarán a la otra parte (como "Parte Indemnizada") por y frente a todas las reclamaciones presentadas por un tercero a causa de lesiones personales o daños a las propiedades tangibles de ese tercero, en la medida en que hayan sido causados por la negligencia de la Parte Indemnizadora en relación con este Contrato. A efectos de la obligación de
indemnización del Contratista, ninguna parte de los servicios, productos o las instalaciones en las que se utilizan los Productos, se considera propiedad de terceros.

12. CUMPLIMIENTO DE NORMAS:
12.1 El Contratante cumplirá (i) las leyes en vigor relativas al suministro, aplicación, el funcionamiento, el uso y la eliminación de los Productos (ii) las leyes en vigor relativas a la prestación de los Servicios.
12.2 El Contratante obtendrá, realizará y mantendrá en vigor puntualmente y a su cargo, todos los permisos, licencias, exenciones, presentaciones de documentación, registros y otras autorizaciones que se requieran para el suministro de los Productos y/o prestación de los Servicios.
12.3 El Contratante adoptará las medidas necesarias para que el personal del Contratista reciba la información y las instrucciones adecuadas, en relación con los riesgos existentes en el lugar de prestación de los Servicios, y en relación con las medidas de protección y prevención de riesgos laborales, así como sobre las medidas a aplicar para el traslado del personal del Contratista en casos de emergencia.
12.4 Las obligaciones del Contratista están condicionadas al cumplimiento por parte del Contratante de todas las leyes y normas aplicables a la entrega de los Productos y/o prestación de los Servicios, así como al resto de requisitos establecidos en la presente cláusula 12. En ningún caso el Contratista será responsable por los retrasos en la entrega de los Productos o la prestación de los Servicios, causados por un incumplimiento del Contratante de lo establecido en la presente cláusula 12.
12.5 El Contratante mantendrá indemne al Contratista, de cualquier cantidad que esté último se viera obligado a pagar por cualquier concepto (incluidos los costes procesales) como consecuencia del incumplimiento de las leyes aplicables al suministro de los Productos y/o prestación de los Servicios, así como por incumplimiento del Contratante de lo establecido en la presente cláusula 12.

13. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD:
13.1 La responsabilidad total del Contratista por todas las reclamaciones de cualquier clase que surjan de o que guarden relación con la celebración, el cumplimiento o la infracción del Contrato, o por cualquier Producto o Servicio no será superior al Precio del Contrato.
13.2 El Contratista en ningún caso será responsable por el lucro cesante, la pérdida de uso del Producto, pérdida de tiempo, pérdida de beneficios, interrupción del negocio, coste de energía sustitutiva, coste de capital, costos de inactividad, incrementos de costos operativos y/o de reclamaciones de terceros frente al Contratante.
13.3 Toda la responsabilidad del Contratista finalizará con el vencimiento del correspondiente periodo de garantía. No obstante, cuando el Contratante pueda seguir ejecutando una reclamación que se haya notificado antes de esa fecha iniciando una acción judicial o un arbitraje, según corresponda en virtud del Contrato, antes de la finalización de cualquier norma de limitación u otra limitación legal de tiempo, pero en ninguna circunstancia después de la finalización de dicho periodo de garantía.
13.4 De conformidad al estatuto de vigilancia y seguridad privada, los servicios prestados son de medio y no de resultado, por lo que cualquier materialización de riesgos no serán objeto de indemnizaciones para el Contratante, a menos que se compruebe vía judicial la responsabilidad de el Contratista por negligencia o incumplimiento sus funciones como prestador de servicios de vigilancia y seguridad privada.
13.5 El Contratista se exime de toda responsabilidad por fallas de transmisión o comunicación que se deriven de la interrupción de servicios públicos como telefonía, electricidad e internet, lo cual constituye eventos de fuerza mayor, según lo establecido en la cláusula 9.3

14. LEGISLACIÓN VIGENTE Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS:
14.1 Este documento estará regido por y se interpretará de acuerdo con las leyes del Gobierno Nacional Colombiano.
14.2 Todos los conflictos que surjan en conexión con el Contrato, incluidas las cuestiones relativas a su existencia y/o validez serán sometidos a la competencia de los Juzgados y Tribunales de Popayán, Cauca, Colombia.